Que hacer en caso de caer Detenido



Que hacer en caso de caer Detenido

Ley 20.253 vigente desde el 14 de marzo del 2008, Dicha ley contempla, entre otras modificaciones, mayores facultades a las policías en lo que respecta al control de identidad y registro de personas, por lo tanto es necesario que sepas lo siguiente:
·         Los funcionarios policiales deberán solicitar la identificación de cualquier persona cuando se estime que existen indicios de haber cometido un crimen, simple delito o falta.
·         Podrán solicitar identidad cuando se estime que puedes aportar información para la investigación de un crimen, simple delito o falta.
·         Cuando te encapuches o esboces para disimular o dificultar la identificación.
·         La identificación deberá realizarse en el lugar en que la persona se encontrare por medio de cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte.
·         Durante este procedimiento la policía podrá proceder al registro de vestimentas, equipaje o vehículo sin la necesidad de nuevos indicios.

La ley autoriza a que puedas ser detenido sin previa orden policial. Además se "fortalece la labor del Ministerio Público"; se podrá apelar de la declaración de ilegalidad de la detención; y en los casos que se deniega la prisión preventiva en casos de delitos graves, el imputado queda detenido hasta que la Corte se pronuncia (la ley no señala plazo máximo).

AL SER DETENIDO POR CARA DE BINEROS O INVESTIGACIONES
·         Ser tratado con respeto debido a tu calidad de ser humano
·         Ser informado de los motivos de tu detención
·         Ser llevado a un lugar público de detención

El funcionario aprehensor debe Informar la detención al fiscal del Ministerio Público en un plazo no mayor a 12 horas En un plazo máximo de 24 horas debes ser llevado a presencia de un juez.
No tienes la obligación de declarar ante la policía o el fiscal. Tienes derecho a guardar silencio. Si decides declarar no estás obligado a hacerlo bajo juramento. Si no eres conducido ante el juez en el plazo de 24 horas, si tu detención fue injusta o arbitraria, o si se llevó a cabo sin cumplir los requisitos legales, tú o cualquier persona a tu nombre, puede interponer un Recurso de Amparo ante una Corte de Apelaciones.( También podrás presentarlo ante cualquier privación perturbación o amenaza ilegal o arbitraria a tu libertad y seguridad.) Además tú o cualquier persona a tu nombre podrá presentar un Recurso de Amparo ante el Juez de Garantía para que examine la legalidad de tu detención y las condiciones en las que te encuentras. Este recurso puede presentarse por escrito o verbalmente.( Si al momento de la detención, no se te ha notificado de los motivos, ni se te informan tus Derechos, no firmes papel alguno en la Comisaria.)

DERECHOS QUE TIENES ANTE UN JUEZ:
·         Que se te informe de manera clara y específica de las acusaciones y los derechos que te reconocen la Constitución y las leyes.
·         Ser asistido por un abogado desde el inicio de la investigación.
·         Pedir al Fiscal las medidas necesarias para aclarar tu inocencia.
·         Solicitar al juez que te cite a una audiencia para declarar respecto a la investigación.
·         Guardar silencio, o en caso de consentir la declaración no hacerlo bajo juramento.

DERECHOS DE LA PERSONA:
·         La guardia del recinto de detención debe informar a tu familia o amigos que estás detenido, las razones de esto y el lugar en donde te encuentras.
·         Ser conducido sin demora ente el tribunal que ordenó la detención.
·         Tendrás derecho a solicitar el beneficio de la libertad.
·         Podrás recibir sin restricción la visita de un abogado, a quien podrás informarle si has recibido malos tratos.
·         A conversar privadamente con tu abogado, salvo expresa orden del tribunal de incomunicarte.
·         Tienes derechos a recibir visitas y a comunicarte por escrito y por cualquier otro medio.

Como lo asegura la Constitución Política “Toda persona tiene derecho a emitir opinión y a informar sin censura previa, en cualquier medio y por cualquier medio”, toda persona tiene derecho a movilizarse y a no ser perseguido o maltratados por las fuerzas policiales uniformadas o civiles, sin embargo vemos como se va construyendo una democracia sin preguntarle a nadie, esto es una democracia privada, donde la voz del pueblo es silenciada a diario por leyes como la 20.253.

El gobierno prefiere encuestas engañosas por sobre la voz del pueblo, no existe sensibilidad social, la gran mayoría de hombres y mujeres de este país es tan sólo un número más sin una real participación.

El llamado es a movilizarse, a informarse a conocer tus derechos, en este sentido si Carabineros o la Policía Civil agrede a personas en manifestación o las tratan con brutalidad, si te detienen, haz lo siguiente:
·         MEMORIZA el número de la placa del funcionario policial.
·         MEMORIZA el número del vehículo utilizado y las características del grupo agresor.
·         RECUERDA el lugar donde ocurren los hechos, la hora, de manera que pueda identificarse a los responsables de la agresión y abuso policial.

Los carabineros son funcionarios públicos, por tanto son responsables de los delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones además de las responsabilidades administrativas, civiles y militares que correspondan. Estos delitos y agravios están establecidos en el Código Penal, en los artículos 149, 150, 150 A y 150 B y son los siguientes:
·         Incumplimiento del plazo de la detención
·         No dar parte al Juzgado de Garantía dentro de 24 horas.
·         Impedimento de comunicación al detenido con el Juez
·         Conocimiento de detención arbitraria.
·         encargados que tienen facultad para hacer cesar esta detención deben hacerlo.
·         Detención ilegal.
·         Encargados de los establecimientos que reciban a un individuo en calidad de detenido o preso sin haberse cumplido los requisitos legales.
·         Incomunicación del detenido
·         Detención en lugares no establecidos por ley  Tormentos, apremios ilegítimos, físicos o mentales.
·         Aquel que ordenare, consintiere en su aplicación

No somos delincuentes por protestar y exigir que cambie la política actual.
No somos delincuentes por movilizarnos y defender nuestros derechos.

ESTA CARTILLA es una iniciativa que tiene por objetivo informar al pueblo movilizado sobre sus derechos frente a la detención y actuación represiva de carabineros o de la policía civil u otro organismo represivo que coarte la libertad de expresión y manifestación a actores sociales que expresan públicamente sus demandas

Contra la represión policial y el abuso de poder

Comparte esta entrada

votar
La Intevencion Psicosocial y Cultural se consagra en fomentar el bienestar del ser humano y potenciar su realización, además de desarrollar y aplicar a las actividades humano sociales como los recursos destinados a satisfacer las necesidades y las aspiraciones de individuos, grupos y la comunidad al logro de la justicia social.